El Senado no puede cambiar pero sí rechazar fideicomiso
Santo Domingo, RD.-Independientemente si algún senador desea agregar o modificar algo del contrato de fideicomiso de la central termoeléctrica Punta Catalina, la Constitución sólo deja entrever la aprobación o no de la iniciativa sometida por el Poder Ejecutivo.
Tras haber sido aprobado por la Cámara de Diputados, el contrato de fideicomiso para la administración de Punta Catalina fue remitido al Senado y varios actores de la vida social han comentado la posibilidad de “arreglarlo” alegando términos no beneficiosos o “poco transparentes” del mismo.
Sin embargo, solo el Poder Ejecutivo tiene potestad para someter una enmienda, modificar los términos ya acordados entre dos partes o retirar la pieza. La aclaración sobre las posibilidades de acciones del Senado ante el contrato la hizo la senadora del Distrito Nacional por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Faride Raful, quien precisó que el órgano legislativo sólo puede aceptar o rechazar un contrato sometido por el Poder Ejecutivo y, en esta instancia, aprobado por la Cámara de Diputados. Precisó que “El Ejecutivo (Gobierno) puede retirar la pieza. Pero tendría que hacerlo a partir de la apertura de la legislatura”.
“El 27 de febrero es que abre (la legislatura) y la comisión podrá ser convocada para analizar el contrato”, comentó la senadora perremeísta.